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Resumen
El artículo examina el actual estado de la noción de causa como función económico-social del acto de autonomía privada que, sobre la base de ideas procedentes de Emilio Betti, acogió el Codice Civile de 1942 y, a partir de éste, la doctrina civilística italiana inmediatamente sucesiva. la crisis de ese concepto proviene de su casi exclusivo servicio a la integridad del ordenamiento jurídico en relación con los actos de autonomía privada y su desentendimiento de la tutela práctica del interés particular de los autores de esos actos. lo cual se pone en paralelo con el fenómeno de la decadencia misma del concepto y hasta con su desaparición en algunos códigos recientes y en los proyectos europeos de Derecho unificado de contratos. se sugiere que un replanteamiento de la noción debe tener en cuenta esta experiencia y, sin abandonar las finalidades tutelares del ordenamiento por parte de la causa, debe también tener en cuenta las finalidades protectoras del interés individual.