Vol. 27 Núm. 1 (2006)
Artículos de investigación

Los llamados medios alternativos de resolucion de conflictos vistos desde el proceso civil ¿ la justa realizacion del derecho material vs la resolucion de conflictos?

Alvaro J. Perez Ragone
Pontificia Universidad Católica de Valparaíso
Biografía
Juan C. Copani
Universidad Nacional de La Plata
Biografía

Cómo citar

Perez Ragone, A. J., & Copani, J. C. (2010). Los llamados medios alternativos de resolucion de conflictos vistos desde el proceso civil ¿ la justa realizacion del derecho material vs la resolucion de conflictos?. Pro Jure Revista De Derecho - Pontificia Universidad Católica De Valparaíso, 27(1). Recuperado a partir de https://www.projurepucv.cl/index.php/rderecho/article/view/617

Resumen

La discusión actual sobre modelos institucionales asociados al mal funcionamiento y poca eficiencia del poder judicial abarca materias desde el acceso a la justicia, mecanismos alternativos hasta la legitimidad y aceptación de la decisiones. El origen de los Medios Alternativos de Resolución de Conflicto (MARC) difiere en las experiencias de los países del sistema Continental Europeo (donde tomamos como ejemplo a Alemania) del tenido en los Estados Unidos de América. Si se quiere dar cabida (obligatoria, facultativa) a los MARC, se debe prestar atención a su relación con el proceso civil, y en este trabajo así lo tratamos. No creemos que podamos hablar de algo "alternativo" al proceso civil por su estructura y fines. El proceso civil tiene que alcanzar sus metas según la "justicia procesal", que ofrece una teoría adecuada para el resguardo del derecho material y la resolución de conflictos, colaborando por consecuente a resolver conflictos, a la paz social y al perfeccionamiento mismo del Derecho. La idea base detrás de la necesidad de actuación y realización jurisdiccional del Derecho es la legitimidad de la sentencia fundada en la participación, el perfeccionamiento y la tutela del derecho material. Presentamos preguntas abiertas desde el proceso civil sobre los MARC, la resolución de conflictos, la relación entre el derecho material-formal y el proceso legal.