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Resumen
Siendo el problema principal de las condiciones generales de la contratación la existencia de cláusulas abusivas, se requiere el análisis de los diversos sistemas de control en el derecho comparado europeo y nacional. El derecho europeo muestra una legislación común a través de la Directiva Comunitaria 93/13 sobre cláusulas abusivas, la cual ha sido introducida a los diversos Estados Miembros, privilegiando un control de carácter represivo en base a una cláusula general, reglas de interpretación y listas de estipulaciones sospechosas o abusivas per se. Este modelo se asemeja en forma importante al sistema de control previsto en la Ley de protección al consumidor chilena. Sin embargo en Chile el control represivo ha sido ineficaz, no por la normativa existente, sino por la falta de uso del mismo. Si bien las reformas recientes en la materia se orientan en un sentido correcto, se impone la necesidad de contemplar un mecanismo preventivo que, sumado al control represivo, permita una eficaz protección no sólo de los consumidores, sino de todo sujeto que pueda verse expuesto a un contrato con contenido abusivo.