Abstract
El artículo presenta una reconstrucción racional del delito de aborto en el derecho chileno. A partir de la constatación del tratamiento especial que el Código Penal da a la mujer, el artículo da cuenta de una interpretación del delito de aborto cometido por ésta compatible con ese carácter especial: el delito de aborto de la mujer no es un delito comisivo de lesión, sino la infracción de un mandato de solidaridad con el feto que se encuentra justificado por necesidad para la necesidad del mantenimiento del estado de embarazo para su supervivencia. Ello permite identificar las situaciones a las cuales el tipo es aplicable, y aquéllas en las que, por la naturaleza de la obligación de la mujer (mandato de solidaridad por necesidad), éste no resulta aplicable. Con ello, se tratan asimismo los intrincados problemas de autoría y participación que plantea el sistema del delito de aborto en nuestro país.