Las sociedades estatales en el ordenamiento juridico chileno: naturaleza, limites y control de sus actividades
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Resumen
Las sociedades estatales son aquellas en que participa un órgano de la Administración del Estado, facultado por una ley de quórum calificado para desarrollar actividades empresariales. Dichas sociedades se constituyen y funcionan con arreglo a las disposiciones del derecho común y difieren de las empresas públicas creadas por ley. Sin embargo, y aun cuando no se gobiernan, como regla general, por un marco normativo de Derecho público, la presencia de un órgano estatal les confiere características particulares, que se manifiestan en su fin, en los límites que se imponen a su giro y en el régimen de control a que están sujetas. Sobre todos esos aspectos, el ordenamiento jurídico ha previsto un régimen especial, cuyo propósito final es asegurar el resguardo del interés público que sustenta la participación de la Administración del Estado en este tipo de sociedades, las cuales no integran la Administración del Estado sino que forman parte de la denominada administración invisible del Estado.