El consejo de estado y la declaración de estado de sitio en la constitucion de 1833 (1833 -1837)
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Resumen
La institución del Consejo de Estado, ya establecida en la Constitución de 1823, pero omitida en la de 1828, reapareció en la de 1833 y ahí permaneció hasta la reforma de 1925. Bajo el régimen de la Constitución de 1833, pueden considerar-se dos etapas en la configuración del Consejo de Estado: desde la promulgación de esa carta política hasta su reforma de 1874; y desde entonces hasta 1925, en que fue suprimido el organismo. En el presente trabajo se examina el estatuto del Consejo de Estado durante los dos períodos señalados; y en especial dos temas fundamentales: por un lado, la vinculación del Consejo de Estado con el Presidente de la República; y, por otro, la intervención del Consejo de Estado en la declaración de estado de sitio y concesión de facultades extraordinarias. A propósito de esto último, se examinan las diversas ocasiones en que se ejerció esta facultad durante el gobierno del Presidente Prieto.