Resumen
Se sostiene que una definición nominal de “reglas de la sana crítica”, compartida por la comunidad jurídica nacional, no es garantía suficiente para su apropiación conceptual o su implementación práctica. Una y otra cosa suponen la capacidad de dotar de un contenido sustantivo a las nociones tradicionalmente incorporadas en la misma y disponer de un método de aproximación que permita la efectiva apropiación de la idea por parte de los operadores jurídicos. Hasta el momento, sin embargo, el concepto de “sana crítica” ha sido capturado acríticamente por nociones del extrarradio jurídico que demandan una aprehensión formal de las mismas de la que no se dispone aún. No obstante ello, una reflexión sobre la propia actividad que realizan los órganos jurisdiccionales, con ocasión de la ponderación de la prueba de acuerdo con la sana crítica, muestra que otra vía de aproximación al concepto (sustantiva y metodológicamente) es posible. En tal sentido, se exploran en este trabajo las nociones de “tacit knowledges” y de “informal learnings” como vías alternativas de acceso al huidizo concepto de “sana crítica” desde el horizonte propio del éthos judicial.